La Fiscalía General de la República (FGR) anunció que emprenderá acciones legales contra el juez que dio una resolución a favor de Emilio Lozoya por el caso de Agronitrogenados.
A través de un comunicado, la fiscalía calificó de “ilícita, injusta y notoriamente parcial” del juez de Control Federal en la Ciudad de México, Gerardo Genaro Alarcón López, que lleva el caso.
Anunció que presentará de inmediato el recurso de apelación y las acciones legales que procedan por la resolución que suspende el procedimiento en contra de Emilio “L”.
Explicó que se violó flagrantemente el Código Nacional de Procedimientos Penales, puntualmente los artículos del 186 al 190. Además, viola preceptos terminantes de la Ley de Amparo y del Código Nacional, que causaron graves daños a las víctimas y una “ventaja indebida” en Lozoya.
¿Por qué FGR apelarrá resolución a favor de Emilio Lozoya?
La FGR indicó que la determinación del juez viola el Código Nacional de Procedimientos Penales, principalmente por dar por reparado el daño que causó Alonso “A”, lo cual no se ha cumplido íntegramente, ni ha sido aceptado explícitamente por las víctimas, de la venta en un precio abusivo e ilegal, de la planta industrial Agronitrogenados a Pemex.
Aseguró que el juez no señaló que Emilio Lozoya está acusado de haber recibido un soborno de Alonso “A”, por cerca de 4 millones de dólares, cometiendo así el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, para presuntamente comprar una residencia de gran lujo en la Ciudad de México, de lo cual no ha reparado el daño causado.
La FGR aseguró que el juez se sustentó indebidamente en una tesis aislada sobre delitos que son diferentes a los de este caso de Agronitrogenados y la cual no genera derechos, al corresponder a un circuito judicial de Querétaro que no es aplicable obligatoriamente en la Ciudad de México. Sin embargo, consideró que actuó ilegalmente al respaldarlo con la ley vigente.
También el juez omitió señalar que Lozoya no ha reparado el daño a las víctimas, como lo establece el artículo 189 del Código Nacional de Procedimientos Penales, dejándolas en estado de indefensión en los términos de lo señalado por el artículo 20 de la Constitución y 109 de dicho Código Nacional.
“Es necesario reiterar que a Alonso “A”, se le procesó por haber vendido a Pemex, de manera abusiva, una planta industrial en un valor desmesurado e injusto. Y a Emilio “L”, se le imputa haber recibido un soborno de cerca de 4 millones de dólares, con los que compró ilegalmente un inmueble de alto lujo, cometiendo el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita”, argumentó la FGR.