La Comisión Permanente emitió la declaratoria de constitucionalidad de la Ley 3 de 3 luego de ser aprobada por 23 entidades locales. Esta reforma contempla que ningún agresor sexual, deudor de pensión alimenticia o que haya ejercido violencia familiar, pueda tener un empleo en el servicio público, ni pueda ser registrado como candidato o candidata para ocupar un cargo de elección popular.
“La Comisión Permanente del Congreso de la Unión declara aprobado el decreto que reforma a los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público. Se remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación. Qué vivan las mujeres de México”, dijo Alejandro Armenta, presidente del Senado.
Legisladoras de los diferentes Grupos Parlamentarios celebraron la aprobación de la Ley 3 de 3. La reforma se envió al ejecutivo para su publicación.
▶️ La "Ley 3 de 3" ya es constitucional.
— Senado de México (@senadomexicano) May 24, 2023
Así lo declaró hoy, en la sesión de la Comisión Permanente, el presidente de la Mesa Directiva, @armentapuebla_. pic.twitter.com/AkQw7Apphz
¿Qué contempla la Ley 3 de 3 contra deudores alimentarios?
La Ley 3 de 3 contempla que quienes hayan cometido el delito contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, y ser declarada como persona deudora alimentaria morosa, no podrán ser registradas como candidatas o candidatos a cualquier cargo de elección popular, ni ser nombradas para empleo, cargo o comisión en el servicio público.
Aprueban creación de Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias
El pasado 22 de marzo se aprobó el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias y una serie de reformas para obligar a los padres deudores alimentarios a que cumplan puntualmente con la pensión alimenticia de sus hijos.
Cabe destacar que en dado caso de que los deudores alimentarios no den la pensión alimenticia, no podrán obtener documentos oficiales como la licencia, el pasaporte y, por tanto, tampoco podrán salir del país.