Según el Área de Atención Ciudadana, del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro, ofrece servicios para garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad, adultos mayores y usuarios en situación de vulnerabilidad. Actualmente las estaciones del Metro de la CDMX cuentan con cuatro “Asientos Reservados” por vagón en todos los trenes, que hacen un total de 10 mil 584 asientos. En caso de estar ocupados, los usuarios tienen derecho a solicitar el asiento que está identificado con una placa contemplando el símbolo de discapacidad.
El Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México en su artículo 230 Fracción XIX, prohíbe a los usuarios del servicio público de transporte masivo de pasajeros viajar en zonas exclusivas para usuarios con discapacidad, personas adultas mayores y mujeres, cuando la persona usuaria no se encuentre dentro de esa condición específica, en el Sistema de Transporte Colectivo “Metro”, esto aplica en los vagones exclusivos para mujeres y niños menores de 12 años, asientos reservados para personas con discapacidad adultos mayores, mujeres embarazadas o con menor en brazos.
Tú puedes ejercer tu derecho sin perturbar el orden y la tranquilidad pública, ni afectar la continuidad del desarrollo normal de las actividades de los demás habitantes, deberás denunciar o avisar a las autoridades de la comisión de cualquier infracción a las leyes, así como de cualquier actividad o hecho que cause daño a terceros o afecte la convivencia.
Recuerda que el no respetar los espacios exclusivos o reservados, estas cometiendo una infracción porque es un lugar dentro de inmueble, espacio y vehículo destinados al servicio público de transporte. De igual manera en algunas ocasiones dentro del Metro de la CDMX se presentan distintos casos en los cuales los usuarios que no están respetando los espacios se llegan a pelear con algunas personas que exigen se cumpla la ley y se respeten estos espacios asignados sin saber que vejar, intimidar o maltratar física o verbalmente son infracciones contra la dignidad de las personas.
¿Y QUE PASA SI ESA PERSONA ME AGREDE?
Si una persona incita o provoca reñir a una o más personas se considera una infracción contra la tranquilidad de las personas, entre otros delitos.
¿QUE PASA CUANDO PARTICIPAN DOS O MÁS PERSONAS EN UNA INFRACCIÓN?
En la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México en su Artículo 36, cuando una infracción se ejecute con la participación de dos o más personas, a cada una se le aplicará la sanción máxima que para esa infracción señala la Ley.
Si la persona molestada u ofendida es menor de edad, mujer lactante, persona adulta mayor, persona con discapacidad o personas pertenecientes a las poblaciones callejeras, se aumentará la sanción hasta en una mitad, sin exceder el máximo constitucional y legal establecido, para el caso de la multa.
¿QUÉ TIPO DE SANCIONES SE PUEDEN APLICAR?
En la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México en su Artículo 30. Fracción I, II, III, IV, las sanciones aplicables a las infracciones cívicas son: amonestación, multa, arresto y trabajo en favor de la comunidad. Si la persona infractora fuese jornalera, obrera o trabajadora, no podrá ser sancionada con multa mayor del importe de su jornal o salario de un día. Tratándose de personas trabajadoras no asalariadas, la multa no excederá del equivalente a un día de su ingreso.
Y tú… ¿Has observado en el metro que los asientos reservados están ocupados por personas que no les corresponde?
¿Te han agredido por exigir que se respeten los asientos reservados y exclusivos del Metro?
Pues ahora ya sabes que los asientos exclusivos o reservados se deben de RESPETAR.
RESPETALOS Y EVITA SANCIONES.
FUENTES:
REGLAMENTO DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DEL DISTRITO FEDERAL
https://data.consejeria.cdmx.gob.mx//images/leyes/reglamentos/REG_DE_LEY_DE_MOVILIDAD_DE_LA_CDMX_2.pdf
LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
https://data.consejeria.cdmx.gob.mx//images/leyes/leyes/LEY_DE_CULTURA_CIVICA_DE_LA_CIUDAD_DE_MEXICO_2.pdf
REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
https://data.consejeria.cdmx.gob.mx//images/leyes/reglamentos/REG_DE_LEY_DE_MOVILIDAD_D_LA_CDMX_2.pdf
SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO ÁREA DE ATENCIÓN CIUDADANA
https://www.metro.cdmx.gob.mx/tramites-y-servicios/accesibilidad-en-estaciones